En una consulta de psicología conviven dos obligaciones que se confunden con facilidad: el RGPD del expediente y las notas de sesión de tus pacientes, y VeriFactu de tu facturación. Aquí la confusión pesa un poco más que en otros sectores, porque en psicología la propia "sesión" ya es en sí misma un dato sensible, y es fácil pensar que cualquier norma nueva sobre facturación toca también ese terreno. No es así. Esta guía se centra solo en VeriFactu —el marco general está en la guía de VeriFactu 2027— y baja al detalle de tu caso: fechas, la exención de IVA que depende de tu título, bonos de sesiones y si el QR de la factura compromete tu confidencialidad.
Tu fecha según cómo estés dado de alta
- Psicólogo autónomo (la mayoría del sector): obligado desde el 1 de julio de 2027.
- Consulta constituida como sociedad (SL): obligada desde el 1 de enero de 2027.
El Real Decreto-ley 15/2025 aplazó a 2027 el calendario inicialmente previsto —el detalle completo, en la guía de fechas de VeriFactu—. VeriFactu como tal lo regula el Real Decreto 1007/2023. Hasta tu fecha rige un periodo voluntario: puedes emitir ya en modalidad VERI*FACTU si tu software lo soporta.
A qué facturas aplica
A todas las que emitas con un programa informático: al paciente particular, al EAP o mutua de coaching corporativo que te deriva casos, a la aseguradora de salud con la que trabajas. Da igual el destinatario; lo que activa VeriFactu es que factures con software. Dos excepciones a tener en cuenta: las empresas acogidas al SII quedan fuera de VeriFactu, y en País Vasco y Navarra rigen sus propios sistemas (TicketBAI y el navarro), no este.
¿Tu exención de IVA depende de tu título? Psicólogo General Sanitario vs. otros perfiles
Este es el punto donde la psicología se diferencia de otras profesiones sanitarias: el título de psicólogo, por sí solo, no da la exención de IVA. Hace falta algo más específico.
Cuándo aplica la exención del art. 20 LIVA
La exención del artículo 20.Uno.3º de la Ley del IVA cubre la asistencia a personas físicas por profesionales sanitarios con finalidad terapéutica. En psicología, eso exige dos condiciones a la vez:
- Estar habilitado como Psicólogo General Sanitario (PGS), la figura que reconoce la Ley 33/2011 General de Salud Pública e inscribe el Colegio Oficial correspondiente (con base también en el RD 1030/2006 de cartera de servicios sanitarios).
- Que el servicio prestado tenga finalidad terapéutica: diagnóstico, prevención o tratamiento de un trastorno o malestar psicológico.
Si cumples las dos, tu sesión de terapia está exenta de IVA.
Cuándo NO aplica
No aplica la exención si te dedicas a coaching, orientación educativa, consultoría de RRHH o psicología del deporte sin la habilitación sanitaria de PGS, aunque tengas el grado o máster en Psicología. Tampoco aplica si, teniendo la habilitación, el servicio concreto no tiene finalidad terapéutica —por ejemplo, una sesión de desarrollo personal o de mejora del rendimiento sin diagnóstico ni tratamiento de por medio—. En esos casos repercutes IVA general en tu factura, igual que cualquier otro servicio profesional no sanitario.
Muchos psicólogos combinan las dos facetas: consulta clínica con habilitación PGS por un lado, y coaching o formación por otro. Si es tu caso, cada actividad lleva su propio tratamiento de IVA, y conviene que lo confirmes con tu gestoría antes de facturar mezclando ambas bajo el mismo criterio.
Bonos de sesiones y pago por sesión suelta
El bono de sesiones —4, 8, 10 sesiones de un proceso terapéutico contratadas de una vez— es habitual en psicología, y es la duda más repetida con VeriFactu. Dos prácticas posibles:
- Cobras el bono por adelantado. Es un pago anticipado: lo normal es facturar en el momento del cobro, por el importe total, y descontar sesiones del proceso terapéutico en tu agenda sin emitir factura nueva por cada una.
- Cobras sesión a sesión. Facturas cada sesión cuando se presta y se cobra.
Ambas son compatibles con VeriFactu. Lo que cambia es que ya no puedes emitir la factura del bono, que el paciente interrumpa el proceso a la tercera sesión, y "arreglarlo" borrando la factura y haciendo otra. Con el registro encadenado, la factura emitida queda; la corrección se hace con una factura rectificativa, que genera su propio registro y mantiene la trazabilidad completa.
Facturar a EAP, empresas y aseguradoras de salud vs paciente privado
En una consulta conviven dos flujos de facturación distintos, y VeriFactu aplica a los dos:
- Paciente privado. Con carácter general te vale una factura simplificada, dentro de los límites de importe del Reglamento de facturación (RD 1619/2012) —confirma el umbral vigente con tu gestoría—. Si el paciente necesita presentarla a su seguro de reembolso, emites factura completa con sus datos.
- EAP, empresa o aseguradora de salud. El destinatario es una entidad, así que la factura es completa, con su razón social y NIF, normalmente agrupando las sesiones del periodo según el acuerdo que tengas. Fiscalmente es una factura como cualquier otra: con VeriFactu, genera su registro encadenado al emitirse.
¿El QR o el registro de VeriFactu revela el motivo de mi consulta?
No. Es la pregunta que más inquieta en este sector, y merece una respuesta clara: el QR y el registro de facturación de VeriFactu son datos fiscales. Identifican quién emite la factura, quién la recibe, el importe y la fecha —lo mínimo para que Hacienda pueda verificar que la factura existe y no ha sido alterada—. No incluyen el motivo de consulta, el diagnóstico ni ninguna nota clínica.
Esa información sí existe, pero vive en otro sitio: tu expediente o historia clínica, protegido por el RGPD como dato de categoría especial (art. 9). Son dos registros distintos, con dos normativas distintas, y VeriFactu no tiene acceso ni visibilidad sobre el contenido del segundo. Facturar de forma conforme no obliga a exponer nada sobre el tipo de servicio prestado.
Qué debe cumplir tu software de facturación
Es responsabilidad de tu proveedor, pero conviene que lo sepas para exigirlo:
- Firma electrónica y hash encadenado en cada registro: inalterable y trazable.
- Código QR verificable en la sede de la AEAT y la mención "VERI*FACTU".
- Modalidad con envío a la AEAT en tiempo real, o sin envío conservando los registros inalterables.
- Facturas rectificativas bien resueltas: con bonos y con EAP/aseguradoras las vas a necesitar.
Tu día a día hoy vs. con VeriFactu
| Cómo facturas hoy en tu consulta | Qué pasa con VeriFactu |
|---|---|
| Word/Excel con plantilla de factura | Es software: entra de lleno en VeriFactu, no puede generar registro encadenado con hash y QR |
| Programa de gestión de consulta con facturación integrada | Escenario cómodo si el proveedor confirma por escrito su adaptación al RD 1007/2023 |
| Facturas exentas de IVA por ser PGS | La exención no cambia; el registro VeriFactu se genera igual, exento o no |
| Facturas con IVA por no tener habilitación sanitaria (coaching, orientación) | Igual: entra en VeriFactu por facturar con software, con IVA repercutido |
| Bono de sesiones anotado a mano en la agenda | El bono factura y el papel/Excel no cumplen; hay que unificar antes de tu fecha |
No confundas VeriFactu con el RGPD de tus notas de sesión
Son dos obligaciones separadas:
- VeriFactu → tu software de facturación debe ser inalterable. Norma: Ley Antifraude / RD 1007/2023.
- RGPD → tu expediente y notas de sesión (dato de salud mental, categoría especial del artículo 9) deben tratarse con base legal reforzada, encargado del tratamiento firmado y medidas de seguridad adicionales.
Cumplir una no te exime de la otra. Si quieres el detalle de la parte de datos clínicos —consentimiento, plazos de conservación, control de acceso por terapeuta—, está en la guía de software de gestión para psicólogos, que ya cubre ese terreno en profundidad.
Checklist: prepárate en 5 pasos
- Hoy: confirma tu fecha. Autónomo: 1 de julio de 2027. Sociedad: 1 de enero de 2027.
- Este trimestre: haz inventario de cómo facturas. Particulares, EAP, mutuas de coaching, aseguradoras, bonos. Anota con qué herramienta sale cada factura.
- Antes de fin de 2026: pregunta a tu proveedor, por escrito. ¿Tu programa cumplirá el RD 1007/2023 y en qué fecha? Si la respuesta es vaga, empieza a mirar alternativas con margen.
- Primer semestre de 2027: migra y prueba en el periodo voluntario. Puedes emitir en modalidad VERI*FACTU antes de estar obligado. Úsalo para rodar un bono, una rectificativa, una factura a un EAP.
- Tu fecha: todo lo que emitas por software, conforme. Y de paso, revisa con tu gestoría el tratamiento de IVA de cada tipo de servicio que prestas, sobre todo si combinas terapia con coaching u orientación.
Lo que de verdad llena tu agenda
VeriFactu hay que cumplirlo, pero no te trae pacientes. Lo que reduce huecos en una consulta de psicología es la gestión de citas y unos recordatorios que respeten la confidencialidad del paciente. Si te interesa ese terreno, mira cómo reducir las cancelaciones de última hora sin romper la privacidad, o revisa qué debe tener tu software de gestión para psicólogos.
Cómo encaja con el Sistema de Intelidatia
Intelidatia monta tu web, tus reservas online y tu panel de gestión de pacientes con tu marca: la capa que te llena la agenda y reduce las ausencias. Estamos construyendo un módulo de facturación pensado para VeriFactu (RD 1007/2023) sobre ese mismo panel, que activaremos cuando esté listo. Hoy el Sistema no sustituye a tu programa de facturación actual. No usamos el término "homologado": la norma se basa en una declaración responsable del fabricante, no en una homologación previa de Hacienda. Cuéntanoslo en una llamada de 10 minutos y lo vemos aplicado a tu consulta, dentro del Sistema completo.
La misma lógica de exención de IVA condicionada a la finalidad terapéutica del servicio, no automática por el título, se repite en nutrición y dietética: el detalle en Verifactu para nutricionistas y dietistas 2027.
Guía informativa según la normativa vigente a 9 de julio de 2026 (fuentes AEAT y BOE). No es asesoramiento legal ni fiscal: confirma con tu gestoría cómo te afecta en tu caso, en especial el tratamiento de IVA de tus servicios concretos.